Empecé a hacer pequeños trabajos freelance antes de plantearme siquiera si tenía que darme de alta como autónomo. Fue al facturar el primer trabajo algo más serio cuando entendí que en España, si vas a facturar de forma recurrente por tu cuenta, la obligación de darte de alta no depende de la edad que tengas, sino de si estás ejerciendo una actividad económica por cuenta propia.
¿Cuándo tengo que darme de alta?
La regla general es que si realizas una actividad económica de forma habitual, personal y directa, se te considera trabajador por cuenta propia y debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en Hacienda (modelo censal). «Habitual» no tiene una definición numérica exacta en la ley general, lo que genera bastante confusión; en la práctica, un trabajo puntual y aislado se trata distinto de una actividad recurrente. Ante la duda, lo más seguro es consultarlo con una gestoría o directamente en la Seguridad Social antes de facturar de forma continuada sin estar dado de alta.
La tarifa plana para nuevos autónomos
España tiene una «tarifa plana» para quienes se dan de alta como autónomos por primera vez (o no han estado de alta en los últimos años), que reduce considerablemente la cuota mensual a la Seguridad Social durante los primeros meses, con una reducción adicional si eres menor de 30 años (35 para mujeres, según la normativa vigente en cada momento). Las cifras exactas y la duración de la tarifa cambian con las reformas del sistema de cotización por ingresos reales, así que conviene comprobar el importe actualizado en la web de la Seguridad Social antes de darte de alta.
Pasos para darte de alta
- Alta censal en Hacienda (modelo 036/037): declaras la actividad económica que vas a desarrollar, según el epígrafe correspondiente.
- Alta en la Seguridad Social (RETA): debe hacerse antes de empezar a facturar, normalmente en un plazo cercano a los días previos al inicio de la actividad.
- Elige el sistema de cotización por ingresos reales: desde la reforma del sistema de cotización de autónomos, la cuota mensual se ajusta según una previsión de tus rendimientos netos, con regularización posterior si te desvías mucho de esa previsión.
- Empieza a emitir facturas correctas: con IVA (si tu actividad no está exenta) y las retenciones de IRPF que correspondan si facturas a otras empresas.
Errores típicos al empezar
- Facturar de forma recurrente durante meses sin darte de alta, lo que puede acarrear recargos y sanciones si Hacienda lo detecta.
- No guardar los justificantes de gastos deducibles relacionados con la actividad.
- No calcular bien la previsión de ingresos para elegir el tramo de cotización, lo que puede generar una regularización con pago adicional a final de año.
- Compatibilizar mal el alta de autónomo con una beca o ayuda que tenga requisitos de incompatibilidad con actividades económicas: conviene revisar las bases de cada beca antes de facturar en paralelo.
Lo que hice yo
Antes de darme de alta, hablé con una gestoría para entender mi caso concreto: qué epígrafe me correspondía, cuánto iba a pagar realmente con la tarifa plana y cómo declarar el IVA si trabajaba con clientes fuera de España. Ese asesoramiento puntual me costó mucho menos que un error posterior con Hacienda.
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Si además tienes ganancias de inversión aparte de tu actividad como autónomo, el artículo sobre cómo declarar ganancias de trading siendo estudiante te explica esa parte por separado. Y si estás combinando esto con una beca, revisa el artículo sobre becas compatibles con trabajar antes de dar el paso.
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